Conozca qué propiedades pueden estar excluidas de las ventas de certificados de impuestos conforme a la ley de Florida.

No todas las propiedades con impuestos morosos son elegibles para participar en una venta de certificados de impuestos. La legislación de Florida establece determinadas excepciones que impiden que algunas propiedades sean ofrecidas en estas ventas.

Una propiedad puede quedar excluida de una venta de certificados de impuestos si:

  • Tiene una Exención por Vivienda Principal (Homestead Exemption) y los impuestos morosos son inferiores a $250.
  • Es propiedad de una agencia gubernamental federal, estatal, del condado o municipal.
  • Es propiedad de una institución religiosa, educativa o benéfica calificada.
  • Los impuestos pendientes están sujetos a revisión legal o la propiedad está excluida de la venta conforme a la legislación de Florida.

La determinación de elegibilidad se realiza con base en los registros públicos disponibles y las disposiciones aplicables de los Estatutos de Florida.

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